Las bajas médicas deben supervisarse

Las bajas médicas emitidas, por los distintos Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas deben ser revisados por el Instituto Nacional de Seguridad Social independientemente de si es una baja laboral o no y si intervienen o no las mutuas laborales.

Las bajas no laborales, deben revisarse dado que puede haber mucha picaresca y es posible que pueda trabajar desde su domicilio o recuperar las horas de sus vacaciones o horas extra.

Las bajas laborales deberán revisarse desde el primer día tanto por las mutuas laborales, los servicios de salud y el Instituto Nacional de la Seguridad Social si no hay hospitalización deberá valorase si es posible trabajar mientras dura su recuperación en casa o recuperar tiempo con horas extra realizadas o las vacaciones.

Por experiencia propia, la baja se ha alargado demasiado sin supervisión de los respectivos organismos de revisión e inspección por lo que la única valoración que ha habido, es si debería cobrar una pensión de incapacidad permanente al llegar a un tiempo determinado,  antes de supervisar la baja y dar el correspondiente visto bueno para volver al trabajo.

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