LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativo a los nuevos alimentos, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan el Reglamento (CE) n.o 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 1852/2001 de la Comisión, (1) y en particular su artículo 12,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (UE) 2015/2283 establece que solo pueden comercializarse en la Unión los nuevos alimentos autorizados e incluidos en la lista de la Unión.
(2) En virtud del artículo 8 del Reglamento (UE) 2015/2283, se adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión (2), por el que se establece una lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados.
(3) De conformidad con el artículo 12 del Reglamento (UE) 2015/2283, la Comisión debe decidir sobre la autorización y la comercialización en la Unión de un nuevo alimento y sobre la actualización de la lista de la Unión.
(4) Mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1632 de la Comisión (3) se autorizó la comercialización de aislado de proteínas de suero básico de leche de vaca como nuevo alimento con arreglo al Reglamento (UE) 2015/2283 y se modificó la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados.
(5) El 10 de octubre de 2018, la empresa Armor Protéines S.A.S solicitó a la Comisión la ampliación del uso de aislado de proteínas de suero básico de leche de vaca, en el sentido del artículo 10, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/2283. Los cambios solicitados se refieren a la utilización de aislado de proteínas de suero básico de leche de vaca en alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), y en complementos alimenticios, tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (5), para lactantes de hasta 12 meses.
(6) El 24 de enero de 2019, la Comisión consultó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («Autoridad») y le pidió que efectuase una evaluación adicional de la ampliación del uso de aislado de proteínas de suero básico de leche de vaca como nuevo alimento, de conformidad con el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2015/2283.
(7) El 14 de marzo de 2019, la Autoridad adoptó su dictamen científico sobre la seguridad del aislado de proteínas de suero básico para usos ampliados en alimentos para usos médicos especiales y complementos alimenticios para lactantes de conformidad con el Reglamento (UE) 2015/2283 (6). Este dictamen científico se ajusta a los requisitos del artículo 11 del Reglamento (UE) 2015/2283
(8) Dicho dictamen científico sirvió de base suficiente para establecer que el aislado de proteínas de suero básico de leche de vaca, en los usos ampliados y en los niveles de uso propuestos en alimentos para usos médicos especiales, así como en complementos alimenticios para lactantes hasta 12 meses, se ajusta a lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/2283. En ese dictamen, la Autoridad concluyó que los usos ampliados no aumentarían la ingesta potencial del nuevo alimento en comparación con lo evaluado en su dictamen de 2018 (7). Procede, por tanto, modificar la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados para incluir esta ampliación de usos en los usos autorizados del aislado de proteínas de suero básico de leche de vaca.
(9) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
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