Desde hace unos meses se está avisando por parte de los sindicatos, de posibles huelgas si los salarios no suben acorde al Índice de Precios al Consumo, habiendo firmado convenios en este año ya sea con la empresa o con las asociaciones empresariales el convenio provincial.
Las asociaciones sindicales, son asociaciones sin ánimo de lucro que deben carecer de carácter político y además de presentar y justificar las subvenciones que reciban como cualquier otra asociación.
Exigir que suba el salario por Ley conforme al Índice de Precios al Consumo pasando por encima los convenios sectoriales o de empresa en vigor es una agresión a los acuerdos firmados y encima es una intervención política y a su vez se anula la convocatoria de huelga por infringir la Ley 17/1977 cualquier huelga política en el ámbito laboral es ilegal su convocatoria.
Los trabajadores de manera individual deciden si acudir a la huelga con la correspondiente minoración de los salarios del día, la pérdida del incentivo y la cotización a la Seguridad Social del día o trabajar como si fuera un día cualquiera este o no este en garantizar unos servicios mínimos fijados.
Los propios trabajadores que forman parte de los piquetes informativos, los sindicatos como responsables subsidiarios y también durante la manifestación de la Huelga son responsables de los destrozos que puedan ocasionar como convocantes que ocasionan personas que no puedan ser identificadas, y sancionados conforme a la Ley de Seguridad Ciudadana.